Características del servicio de transporte marítimo . Las disposiciones del presente Decreto le son aplicables al servicio de transporte marítimo que se ofrece bajo los criterios de imparcialidad, igualdad y continuidad. Se entiende por imparcialidad el principio según el cual el servicio de transporte marítimo debe satisfacer las exigencias de Interés general, sin favorecer intereses particulares; por igualdad, el principio según el cual todos los usuarios y empresas de transporte marítimo, sin discriminación de ninguna naturaleza, tengan la misma oportunidad de utilizar y ofrecer los servicios de transporte marítimo; y, por continuidad, el principio según el cual el servicio de transporte marítimo debe prestarse a través del tiempo en forma permanente, es decir, sin interrupciones. El servicio de transporte marítimo puede ser regular u ocasional. El servicio de transporte marítimo regular es aquel que sigue rutas definidas y cumple frecuencias e intinerarios preestablecidos.
Decreto 2327 de 1991 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2327 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre transporte marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.