Sanciones por incumplimiento de registro. Cuando la Dirección General Marítima de oficio o a solicitud de parte, verifique que se está desarrollando un acuerdo de transporte sin haberse registrado previamente, o que se incumplan los términos bajo los cuales fue pactado en detrimento de otras empresas de transporte marítimo de los usuarios, procederá a imponer las sanciones de que trata el artículo 38 del presente Decreto. CAPITULO Vl. De la competencia desleal.
Decreto 2327 de 1991 →Vigente
Artículo 29
Sanciones Por Incumplimiento De Registro
Decreto 2327 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre transporte marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.