Artículo primero. Créanse los cargos de Oficial Mayor y Portero- Escribiente del Juzgado de la Brigada de Institutos Militares, con la asignación correspondiente a Auxiliares 5° y 6° del Ministerio de Guerra, respectivamente. Comuníquese y publíquese.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.