Micelio

Artículo 4

Las Dependencias Del Gobierno Nacional, Las De Los Gobiernos Departamentales Y Municipales Y Los Institutos Oficiales O Semioficiales, Prestarán A La Dirección De La Oficina De Rehabilitación Y Socorro Y A Sus Funcionarios Todo El Apoyó Y La Colaboración Que Les Solicite, Para El Rápido Y Eficiente Cumplimiento De Sus Deberes

Decreto 2466 de 1953 · Por el cual se señalan las funciones de la Oficina de Rehabilitación y Socorro y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las dependencias del Gobierno Nacional, las de los Gobiernos Departamentales y Municipales y los institutos oficiales o semioficiales, prestarán a la Dirección de la Oficina de Rehabilitación y Socorro y a sus funcionarios todo el apoyó y la colaboración que les solicite, para el rápido y eficiente cumplimiento de sus deberes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2466 de 1953