° Las dependencias del Gobierno Nacional, las de los Gobiernos Departamentales y Municipales y los institutos oficiales o semioficiales, prestarán a la Dirección de la Oficina de Rehabilitación y Socorro y a sus funcionarios todo el apoyó y la colaboración que les solicite, para el rápido y eficiente cumplimiento de sus deberes.
Decreto 2466 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Las Dependencias Del Gobierno Nacional, Las De Los Gobiernos Departamentales Y Municipales Y Los Institutos Oficiales O Semioficiales, Prestarán A La Dirección De La Oficina De Rehabilitación Y Socorro Y A Sus Funcionarios Todo El Apoyó Y La Colaboración Que Les Solicite, Para El Rápido Y Eficiente Cumplimiento De Sus Deberes
Decreto 2466 de 1953 · Por el cual se señalan las funciones de la Oficina de Rehabilitación y Socorro y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.