Micelio

Artículo 3

Decreto 726 de 1945 · Por el cual se fundan varias granjas y puestos ganaderos como dependencias del Departamento de Ganadería del Ministerio de la Economía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Créase el Puesto Ganadero del Cauca en los terrenos que ese Departamento cedió para dicho fin, según contrato celebrado, con el Ministerio de la Economía Nacional, destinado a la cria y propagación del ganado blanco-orejinegro, al servicio de inseminación artificial y a la experimentación de pastos y forrajes.

Parágrafo

El personal directivo de este Puesto Ganadero y sus asignaciones mensuales, serán: Un Médico Veterinario Director $ 250.00 Un Ayudante Pagador Almacenista 150.00 Un Experto en inseminación artificial 100.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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