En adelante, los auxilios destinados a la asistencia pública, en el Presupuesto Nacional, se distribuirán de acuerdo con el censo de población aprobado, de cada Departamento, a excepción de las Intendencias y Comisarías que tendrán sus partidas determinadas de acuerdo con sus necesidades.
La distribución de las partes globales que el Gobierno Nacional entregará al respectivo Gobernador, Intendente o Comisario, las harán estos funcionarios asesorados por la junta Departamental de Higiene y Asistencia Pública o por la primera autoridad sanitaria si no existieren aquéllas.