La gracia concedida por la presente Ley no cobijará a los reincidentes, ni a aquellos que hubieren delinquido durante su detención, ni a los prófugos, ni a los reos ausentes, y se otorgará sin perjuicio a los beneficios de la libertad condicional prevista en el artículo 85 del Código Penal, y de la libertad preparatoria de que tratan los artículos 330 y 331 del Decreto 1817 de 1964.
Ley 40 de 1968 →Vigente
Artículo 4
Ley 40 de 1968 · por la cual se concede una rebaja de penas con motivo del Congreso Eucarístico.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.