Micelio

Artículo 13

Dentro Del Término De Un Mes, Contado A Partir De La Notificación De La Providencia Que Otorga Un Permiso, Se Señalará La Fecha Para La Entrega Material Del Terreno

Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del término de un mes, contado a partir de la notificación de la providencia que otorga un permiso, se señalará la fecha para la entrega material del terreno. El Ministerio podrá comisionar para efectuar esta diligencia a funcionarios de su dependencia o a los Alcaldes respectivos. El Ministerio librará oportunamente, de oficio, a la Alcaldía o Alcaldías correspondientes, el despacho contentivo del cartel que con el solo objeto de dar noticia de la entrega, se fijará en la Secretaría, por el término de quince (15) días. La diligencia se realizará a costa del Ministerio y de ella se extenderá una acta que suscribirán el funcionario o funcionarios comisionados, el interesado y testigos, y su original se agregará al expediente. La entrega se considerará consumada en el momento en que sea firmada el acta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2514 de 1952