Servicios varios. Para la aplicación del presente Estatuto, los servicios varios son: 4.a) Alquiler de equipos. 4.b) Alquiler de pallets. 4.c) Formularios. 4.d) Otros servicios especiales., Definiciones: 4.a) Alquiler de equipos. Servicio de arrendamiento de los quipos de propiedad de la Empresa; 4.b) Alquiler de pallets. Se define por el tipo de servicio. 4.c) Formularios. Se entiende como el suministro de formularios elaborados por la Empresa requeridos para diferentes Trámites ante la misma. 4.d) Otros servicios especiales. Se entiende como todos aquellos servicios diferentes a los enunciados. CAPITULO II Embarcaciones a las cuales se les prestan los servicios.
Decreto 1714 de 1980 →Vigente
Artículo 4
Servicios Varios
Decreto 1714 de 1980 · Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia, COLPUERTOS y los derechos de operación de muelles privados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.