Registro de profesionales para la supervisión de intervención de BIC . La intervención de un BIC solo podrá realizarse bajo la supervisión de profesionales en la materia debidamente registrados ante la autoridad competente. Las autoridades territoriales podrán utilizar el registro del Ministerio de Cultura. Entiéndase por supervisión de intervención, el seguimiento, dirección, control y/o ejecución de la intervención de un BIC.
Decreto 763 de 2009 →Vigente
Artículo 45
Registro De Profesionales Para La Supervisión De Intervención De Bic
Decreto 763 de 2009 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 814 de 2003 y 397 de 1997 modificada por medio de la Ley 1185 de 2008, en lo correspondiente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.