Micelio

Artículo 3

Decreto 3001 de 2005 · por el cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- para canjear instrumentos de deuda interna, de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, por acciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público -, una vez perfeccionada la operación de canje en la forma señalada en el artículo anterior, liquidará a esa fecha la deuda de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN. En caso de que el saldo de la deuda de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, con la Nación no sea equivalente a un número entero de acciones, la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, girará el faltante al Ministerio de Hacienda y Crédito Público dentro de los tres (3) días siguientes a la entrega efectiva de las acciones y hasta el pago total de la deuda de que trata el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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