Micelio

Artículo 46

La Inspección General De La Policía Nacional Tendrá Para Su Funcionamiento La Siguiente Organización: I Despacho Del Inspector General

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Inspección General de la Policía Nacional tendrá para su funcionamiento la siguiente organización: I Despacho del Inspector General. Ayudantía II Justicia Penal Militar

a)

Auditoría Principal de Guerra

b)

Auditoría Auxiliar de Guerra

c)

Juzgado de Instrucción Penal Militar

d)

Fiscalía Penal Militar Permanente II. Inspecciones delegadas cuyo número y zonas serán determinados por el Director General, mediante resolución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2347 de 1971