Micelio

Artículo 1

El Parágrafo Del Artículo 1º Del Decreto Legislativo Número 184 De 1958 Quedará Así: " Parágrafo

Decreto 316 de 1958 · Por el cual se modifica el Decreto legislativo número 184 de 1958

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El

Parágrafo

del artículo 1º del Decreto legislativo número 184 de 1958 quedará así: "

Parágrafo

El mismo derecho tendrán las empresas mineras que han venido gozando de licencias semestrales de importación y las que también introduzcan al país sus equipos y elementos con capital importado y no con dólares oficiales o del mercado libre".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 316 de 1958