Micelio

Artículo 1

º

Decreto 386 de 1982 · Por el cual se ejerce la intervención presidencial en el banco de emisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El banco emisor previsto en la Constitución Política es el Banco de la República, entidad de derecho publico económico y de naturaleza única. Esta organizado como sociedad por acciones y tiene autonomía administrativa especial, personería jurídica y patrimonio independiente. Ejerce con exclusividad el atributo de emisión del Estado, es el guardián de las reservas internacionales del país y el ejecutor de la política monetaria. Tiene, a la vez funciones de giro, depósito, descuento y redescuento, así como las demás contempladas en el presente reglamento constitucional y en otras leyes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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