Desde la sanción de la presente Ley el personal de la Dirección General de Estadística será el siguiente:
Un Director General, con $ 200 mensuales.
Un Secretario, con $ 100 mensuales.
Dos Jefes de Sección, cada uno con $ 80 mensuales.
Un Jefe de Archivo, $ 70 mensuales.
Cinco Oficiales, cada uno $ 60 mensuales.
Un Portero, $ 30 mensuales.