Funciones de los Codecti. Los Codecti tendrán las siguientes funciones
Concertar con las entidades nacionales y departamentales pertinentes, los ejerci¬cios de planeación, de identificación de principales problemáticas a resolver en el territorio, así como el aprovechamiento de oportunidades de desarrollo a través de la CTel, que definan y orienten la ejecución de las respectivas inversiones en el departamento.
Formular con los actores del Sistema Departamental de Ciencia, Tecnología e In¬novación el portafolio de planes, programas, proyectos e iniciativas estratégicas de inversión de CTel del departamento, con un horizonte de diez (10) años. Será responsabilidad del Gobernador la adopción y ejecución del portafolio de CTel departamental, adopción que deberá hacerse en el plazo de un (1) año a partir de la instalación del primer Codecti, bajo el reglamento interno del mismo. El porta¬folio de inversión departamental en CTel integrará todos los ejercicios de planea-ción y de política pública de CTel adelantados y adoptados por el departamento entre los que se cuentan los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales (PAED), Planes Estratégicos Departamentales en Ciencia Tecnología e Inno¬vación (Pedcti), Plan Estratégico en Ciencia, Tecnología e Innovación (Pectia), demandas territoriales, agendas departamentales de competitividad e innovación y demás instrumentos desarrollados y fomentará la concurrencia de fuentes de financiación nacional, regional, departamental e internacional.
Proponer la articulación de las políticas, planes, proyectos y recursos de in¬versión de CTel del departamento, con los planes nacionales de desarrollo, los planes de desarrollo regionales, departamentales y municipales, las políticas y programas sectoriales de CTel, las agendas departamentales de competitividad e innovación y demás iniciativas y proyectos de los actores estratégicos de CTel del departamento.
Presentar a la Gobernación y Asamblea departamental conceptos técnicos y re¬comendaciones sobre los planes, proyectos y presupuestos de inversión de CTel a incluir, aprobar y ejecutar en el Plan de Desarrollo Departamental.
Realizar conceptos y recomendaciones sobre los planes, proyectos y presupues¬tos de inversión de CTel a incluir, aprobar y ejecutar, en los Planes de Desarrollo Distritales o Municipales de las administraciones y Concejos municipales, que así lo soliciten.
Proponer y dar su concepto de viabilidad, a la Gobernación correspondiente, sobre los mecanismos y estrategias a implementar para la internacionalización de la CTel en el departamento.
Formular mecanismos y estrategias para atraer recursos de CTel, para el departa¬mento, que financien el portafolio de inversión de CTel y que complementen los recursos nacionales y territoriales, ya asignados.
Proponer mecanismos para estimular la participación del sector empresarial, la sociedad civil, las organizaciones étnico-territoriales y las poblaciones histórica¬mente excluidas en programas, proyectos y actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, emprendimiento innovador y de base tecnológica.
Plantear e implementar, en concertación con la respectiva Gobernación, los ins¬trumentos para adelantar el seguimiento y evaluación del portafolio de inver¬siones de CTel del departamento, y hacer recomendaciones para garantizar su ejecución e impacto efectivo.
Recomendar a la correspondiente Gobernación, la postulación para realizar la supervisión o la contratación de la interventoría de los proyectos de inversión de la asignación de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Rega¬lías que considere pertinentes, en cumplimiento del artículo 55 de la Ley 2056 de 2020 o la que la sustituya, para lo cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación deberá remitir oportunamente la información de los proyectos de in¬versión financiables como resultado de las respectivas convocatorias del Sistema General de Regalías.
Fomentar la ejecución, monitoreo y evaluación de planes, programas y proyectos regionales en CTel, a través de los esquemas asociativos territoriales a los que pertenecen y que se encuentran contemplados en la ley orgánica de ordenamiento territorial.
Invitar a representantes de otras instancias y Sistemas de CTel municipales, de¬partamentales y regionales para que presenten y den a conocer sus políticas, planes, programas y proyectos, con el fin de articular, aunar esfuerzos y recur¬sos, mediante la adopción de instrumentos y esquemas asociativos, convenios de cooperación, alianzas y demás instrumentos de política pública.
Promover la estructuración y fortalecimiento del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del respectivo departamento.
Elegir entre sus integrantes a los representantes del Codecti, que lo representen en las instancias departamentales relacionadas con CTel, bajo criterios de plu¬ralidad, inclusión, renovación periódica, paridad de género y representatividad regional.
Adoptar e implementar su plan de trabajo cuatrienal y elaborar los respectivos informes de gestión anuales.
Acoger e implementar la estrategia de socialización y divulgación de la gestión adelantada por el Codecti.
Establecer los criterios de confidencialidad y acceso a las actas que considere necesarias y pertinentes, en estricto cumplimiento de la Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública.
Determinar su propio reglamento interno.
Todo integrante del Codecti, debe recibir inducción e igualmente debe informarse sobre la organización, funcionamiento y temas prioritarios del plan de trabajo del Consejo, antes de su primera sesión, con el fin de tener el conocimiento suficiente y pertinente para iniciar sus labores como integrante del mismo. La Gobernación será la responsable de esta inducción, para lo cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación elaborará y divulgará el material de apoyo respectivo.