Micelio

Artículo 36

La Caja Podrá Vender Tales Elementos De Contado, O Darlos Como Valor De Un Préstamo O Mediante Contratos En Que Se Conserve Para La Caja La Propiedad De Las Cosas Entregadas Mientras Su Precio No Esté Completamente Pagado

Decreto 576 de 1941 · Por el cual se reglamenta el decreto legislativo número 1447 de 18 de julio de 1940

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja podrá vender tales elementos de contado, o darlos como valor de un préstamo o mediante contratos en que se conserve para la Caja la propiedad de las cosas entregadas mientras su precio no esté completamente pagado. En cada caso, la junta directiva fijará los plazos que pueden otorgarse para el pago y la forma como éste debe hacerse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 576 de 1941