Micelio

Artículo 2

Ley 42 de 1990 · por medio de la cual se aprueba el Convenio básico de cooperación técnica y científica entre la República de Colombia y la República de Venezuela, firmado en Bogotá, el 4 de abril de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944 el “Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Venezuela”, firmado en Bogotá el 4 de abril de 1989, que por el artículo 1° de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 42 de 1990