Art. 39. El Juez o el Tribunal podrá, optando prudencialmente, rebajar hasta la mitas de las penas señaladas a los responsables por los delitos de prensa de que trata esta Ley.
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✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 39. El Juez o el Tribunal podrá, optando prudencialmente, rebajar hasta la mitas de las penas señaladas a los responsables por los delitos de prensa de que trata esta Ley.
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.