Micelio

Artículo 1

Decreto 2325 de 2000 · por el cual se modifica el numeral 8 del artículo 1° del Decreto 2681 del 28 de diciembre de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modifícase el numeral 8 del artículo 1º del Decreto 2681 de 1999, el cual quedará así: Artículo 1º. La inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios será indispensable para: 8. El desembolso de crédito de Bancoldex, excepto en aquellos casos en los que el crédito sea solicitado por: concesionarios para proyectos de infraestructura de transporte; socios o accionistas, para creación, capitalización o adquisición de empresas; compradores en el exterior de productos o servicios colombianos; empresas en el exterior; entidades financieras en operaciones interbancarias y de leasing; y usuarios de crédito bajo modalidades que apruebe la Junta Directiva de Bancoldex, en las que no sea requisito tener la calidad de exportador directo o indirecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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