Micelio

Artículo 3

Decreto 2554 de 1950 · Por el cual se organiza da Asistencia Hospitalaria en el país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Facúltase al Ministerio de Higiene para organizar en el Departamento de Asistencia Pública y Previsión Social, una Comisión Técnica Asistencial integrada por el Médico de la Sección de Hospitales, un arquitecto especializado en construcciones asistenciales y un perito en administración de hospitales, y para fijar el personal subalterno y sus asignaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2554 de 1950