Artículo tercero. Facúltase al Ministerio de Higiene para organizar en el Departamento de Asistencia Pública y Previsión Social, una Comisión Técnica Asistencial integrada por el Médico de la Sección de Hospitales, un arquitecto especializado en construcciones asistenciales y un perito en administración de hospitales, y para fijar el personal subalterno y sus asignaciones.
Decreto 2554 de 1950 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2554 de 1950 · Por el cual se organiza da Asistencia Hospitalaria en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.