Micelio

Artículo 275

Ter

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 275 ter. La pena prevista en el artículo anterior se aumentará hasta en la mitad, si el hecho se cometiere

a)

En aeronaves de Estado;

b)

Por un funcionario o empleado público con ocasión de sus funciones o excediéndose en el ejercicio de ellas, o por empleados de empresas de transporte aéreo;

c)

Por tres o más personas;

d)

En aeronaves destinadas al transporte público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1936