º. Son funciones de la Sección de Personal
Reclutar y seleccionar el personal de la Superintendencia Nacional de Cooperativas;
Organizar, de acuerdo con el Departamento Administrativo del Servicio Civil y la Escuela Superior de Administración Pública los programas de capacitación y adiestramiento para el personal de la Superintendencia.
Colaborar con la División Legal en el trámite de los negocios que se suciten <sic> ante el Contencioso Administrativo en materia de personal;
Asistir al Secretario General en la elaboración del reglamento de trabajo, y demás reglamentos de personal;
Tener al día los registros de personal y expedir constancias sobre los antecedentes del mismo, y demás certificados del caso;
Elaborar los proyectos de resolución de todos los actos relacionados con personal;
Las demás establecidas en el artículo 56 del Decreto ley número 2400 de 1968. De la Sección de Pagaduría: