Micelio

Artículo 7

Ley 160 de 1896 · Por la cual se aumentan algunas contribuciones nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las franquicias aduaneras concedidas por la Ley ó por contratos celebrados por el Poder Ejecutivo á empresas ferrocarrileras, de navegación, fábricas industriales, etc., en las cuales no se hayan hecho especificaciones y se hable de materiales y útiles para dichas empresas, sólo comprenden la maquinaria y sus repuestos, rieles, clavazón, herramientas, material rodante y útiles para telégrafos. Los demás efectos que se introduzcan quedan sujetos al pago de derechos de importación según la clase de la Tarifa á que correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 160 de 1896