Art. 2.° Dése cuenta al Congreso en sus próximas sesiones para los efectos del artículo 91 de la lei de 4 de julio de 1866, orgánica de la Hacienda nacional.
Decreto 18701118 de 1870 →Vigente
Artículo 91
De La Lei De 4 De Julio De 1866, Orgánica De La Hacienda Nacional
Decreto 18701118 de 1870 · Por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto para la vijencia económica de 1870 a 1871
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.