Micelio

Artículo 4

Créanse En La Seccional De Bolívar Los Siguientes Empleos En El Centro De Atención De La Localidad De Magangué: N° De Cargos Denominación Dedicación Clase Grado 1 Médico General Parcial (4hs) I 36 1 Auxiliar De Servicios (Enfermería) Completa I 8 1 Auxiliar De Servicios Administrativos Completa I 11 1 Ayudante De Servicios Generales Completa I 8 Parágrafo 1

Decreto 310 de 1980 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse en la Seccional de Bolívar los siguientes empleos en el Centro de Atención de la localidad de Magangué: N° de Cargos Denominación Dedicación Clase Grado 1 Médico general Parcial (4hs) I 36 1 Auxiliar de Servicios (Enfermería) Completa I 8 1 Auxiliar de Servicios Administrativos Completa I 11 1 Ayudante de Servicios Generales Completa I 8

Parágrafo 1

° El médico general además de la consulta ambulatoria atenderá cuando se requiera, las urgencias, los partos y el cuidado de los beneficiarios hospitalizados en la localidad, además cumplirá con las funciones de coordinación del Centro de Atención.

Parágrafo 2

° El Auxiliar de Servicios Asistenciales desempeñará funciones tales como: recepción, despacho de medicamentos, asistencia social, archivo clínico e inyectología.

Parágrafo 3

° El Auxiliar de Servicios Administrativos desempeñará funciones tales como: afiliación, registró, administración, de suministros y tesorería.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 310 de 1980