Micelio

Artículo 3

Ley 163 de 1963 · por la cual se decreta un auxilio especial a una entidad de vivienda en la ciudad de Cali, Departamento del Valle, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El auxilio decretado por la presente Ley, será pagado por la Nación a la institución beneficiada, a través de las Empresas Públicas Municipales de Cali, entidad de derecho público que adelanta los trabajos de instalación y extensión de redes de energía y alumbrado general del citado "Barrio Alfonso López Pumarejo", en cuotas de novecientos mil pesos ($ 900.000) anuales, hasta la concurrencia de la suma total.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 163 de 1963