Artículo diez y nueve. Para que sean reconocidas las deducciones tributarias de que trata el artículo 11 de la Ley 15 de 1959, los patronos deberán acreditar el pago total de las cuotas patronales mediante certificado expedido por la Gerencia del Fondo. CAPITULO IV El Subsidio del Transporte.
Decreto 2066 de 1959 →Vigente
Artículo 19
De La Ley 15 De 1959, Los Patronos Deberán Acreditar El Pago Total De Las Cuotas Patronales Mediante Certificado Expedido Por La Gerencia Del Fondo
Decreto 2066 de 1959 · Por el cual se crea el fondo para el Transporte, se establece la Cuota Patronal y el Subsidio de Transporte en el Municipio de Barranquilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.