Causales De Disolución En La Sociedad En Comandita
Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La sociedad en comandita se disolverá:
1.
Por las causales señaladas en el artículo 218 de este Código;
2.
Por las causales especiales de la sociedad colectiva, cuando ocurran respecto de los socios gestores, y
3.
Por desaparición de una de las dos categorías de socios.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.