º. Apruébase el Acuerdo número 683 del 17 de marzo de 1987 de la Asamblea de Accionistas - Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero. Cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 683 DE 1987 por el cual se reforman parcialmente los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero. La Asamblea de Accionistas - Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en uso de sus facultades legales y estatutarias. y CONSIDERANDO: 1º Que de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, éstos pueden ser reformados por la Asamblea de Accionistas - Junta Directiva. 2º Que mediante Acuerdo número 661 del 16 de diciembre de 1986, aprobado por Decreto número 109 del 20 de enero de 1987, la Asamblea de Accionistas - Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, reformó el artículo 32 de los estatutos de la Institución, resultando necesario como consecuencia de dicha reforma, adecuar los estatutos de la entidad en los aspectos que se requieran. 3º Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 1939 del 19 de julio de 1986, artículo 17, literal b), la reforma introducida a los estatutos se sometió al concepto de la Superintendencia Bancaria. 4º Que la reforma de estatutos contenida en el presente Acuerdo, fue sometida a estudio y concepto de la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República. de conformidad con lo señalado en el Decreto 146 de 1976, ACUERDA:
Decreto 982 de 1987 →Vigente
Artículo 1
Apruébase El Acuerdo Número 683 Del 17 De Marzo De 1987 De La Asamblea De Accionistas - Junta Directiva De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero
Decreto 982 de 1987 · por el cual se aprueban los Acuerdos números 683 y 706 de 1987, de la Asamblea de Accionistas - Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.