°. Emplazamiento . Dentro del término de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha en que se inicie el proceso de liquidación, el liquidador deberá emplazar a quienes tengan reclamaciones de cualquier índole contra CENABASTOS S. A. en Liquidación y a quienes tengan en su poder cualquier título de activos para los fines de su devolución y cancelación.
El aviso deberá contener las disposiciones previstas en el Decreto ley 254 de 2000, y deberá ser publicado en
Las oficinas de la sociedad, tanto de su domicilio principal como de sus dependencias y seccionales;
Un diario de amplia circulación nacional y otro en el domicilio principal de la sociedad, con un intervalo no inferior a ocho (8) días calendario; y
La página web de CENABASTOS S. A. en Liquidación.