º. Prorrógase hasta el31 de diciembre de 1982 a vigencia del gravamen d el 1% para las siguientes po siciones:28.01.00.02, 28. 17 .01.02, 28.17.01.99, 29.01.03.02, 29.02.01.07, 29.02.02.01 y 29.13.02.04.
Decreto 202 de 1982 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 202 de 1982 · Por medio del cual se prorroga al gravamen arancelario a algunas posiciones al Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.