ARTICULO 4° Los titulares de los cargos que se suprimen en los años 1994 y 1995 , serán los incorporados a la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías, dependencia que se encargará de efectuar la liquidación correspondiente, de conformidad con lo señalado en el artículo 66 del Decreto 2171 de 1992.
Decreto 2093 de 1993 →Vigente
Artículo 4
Los Titulares De Los Cargos Que Se Suprimen En Los Años 1994 Y 1995 , Serán Los Incorporados A La Subdirección Transitoria Del Instituto Nacional De Vías, Dependencia Que Se Encargará De Efectuar La Liquidación Correspondiente, De Conformidad Con Lo Señalado En El Artículo 66 Del Decreto 2171 De 1992
Decreto 2093 de 1993 · Por el cual se adopta el Programa de Supresión de Cargos en el Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.