Los demás términos y condiciones se fijarán en los contratos respectivos de conformidad con los parámetros establecidos por el presente Decreto.
Decreto 1958 de 1986 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1958 de 1986 · Por el cual se ordena una emisión de Bonos Externos, se fijan características, condiciones financieras y de colocación, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.