Régimen jurídico. Los procesos que se encuentren en curso a la entrada en vigencia de este decreto, relacionados con los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y Sociedades de Comercialización Internacional, continuarán tramitándose hasta su culminación conforme lo previsto a las normas y procedimientos que actualmente regulan la materia; los procesos que se inicien a partir de la vigencia de este decreto se regirán por las normas que de acuerdo con la naturaleza del asunto se apliquen para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Las actuaciones y procedimientos que se susciten con ocasión de la administración y control de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y las Sociedades de Comercialización Internacional, se regirán por las normas actualmente vigentes, hasta tanto no se modifiquen o deroguen.
Decreto 4271 de 2005 →Vigente
Artículo 11
Decreto 4271 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.