Para Ser Miembro De Una Cámara De Comercio Se Requiere Ser Colombiano, Tener Más De 25 Años De Edad, Cinco Por Lo Menos En El Ejercicio Del Comercio O De Las Industrias Y Ser De Reconocida Honorabilidad
Decreto 161 de 1942 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre Cámaras de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Para ser miembro de una Cámara de Comercio se requiere ser colombiano, tener más de 25 años de edad, cinco por lo menos en el ejercicio del comercio o de las industrias y ser de reconocida honorabilidad.
Parágrafo
Los Gerentes, Subgerentes, Auditores, Secretarios y Contadores de los bancos y demás empleados de éstos no podrán ser miembros de las Cámaras de Comercio.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.