Micelio

Artículo 4

Ley 136 de 1941 · Por la cual se cede al Municipio de Guapi el área urbana de su población

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación se reserva los lotes señalados en el plano de urbanización para el hospital, templo, establecimientos de educación, oficinas nacionales y los que pueda necesitar para cuartel, aeródromo y demás servicios públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 136 de 1941