Micelio

Artículo 7

Ley 72 de 1963 · por la cual se ordena la construcción, dotación y sostenimiento de dos colegios de bachillerato para varones, uno en la ciudad de El Carmen y otro en la ciudad de Majagual (Departamento de Bolívar).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El funcionamiento de los colegios de bachillerato a que se refiere la presente Ley, estará a cargo de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1963