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Artículo 5

La División De Industria Y Comercio Nacional Del Ministerio De Fomento Determinará La Proporción De Materia Prima Que Puede Importarse Por Quienes Se Acojan Al Régimen Que Se Establece En El Presente Decreto

Decreto 485 de 1963 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre exportaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La División de Industria y Comercio Nacional del Ministerio de Fomento determinará la proporción de materia prima que puede importarse por quienes se acojan al régimen que se establece en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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