Funciones del Comité. Las funciones del Comité de Sistemas de información, serán las siguientes: 20.1. Implementar las acciones para la gestión de conocimiento que correspondan del plan de acción formulado desde la instancia de coordinación y gestión técnica y operativa del orden nacional. 20.2. Promover los acuerdos intersectoriales e interinstitucionales para la gestión del conocimiento de la violencia por razones de sexo y género. 20.3. Generar e implementar procesos de gestión de conocimiento y fortalecimiento de herramientas de captura de información. 20.4. Efectuar el seguimiento y monitoreo del comportamiento de la violencia por razones de sexo y género. 20.5. Realizar el proceso de asistencia técnica para el fortalecimiento de sistemas de información en el orden nacional y territorial.
Decreto 1710 de 2020 →Vigente
Artículo 20
Funciones Del Comité
Decreto 1710 de 2020 · Por el cual se adopta el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, como estrategia de gestión en salud pública y se dictan disposiciones para su implementación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.