Micelio

Artículo 9

Ley 51 de 1967 · Por la cual se ordena la celebración del sesquicentenario de la Campaña Libertadora de 1819 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación debe adquirir un lote de terreno, en extensión suficiente para un parque en la finca denominada "La Ramada", en jurisdicción del Municipio de Sogamoso y erigir en él un monumento, como recuerdo a los mártires de la Batalla de Gámeza, que allí fueron fusilados. Tal monumento tendrá la siguiente leyenda:

"El Congreso de Colombia a los mártires de la Batalla de Gámeza, al cumplirse 150 años de su fusilamiento". Tal inscripción llevará el número y fecha de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1967