Micelio

Artículo 3

Decreto 124 de 1997 · por el cual se reglamenta el régimen tributario especial contenido en el Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ingresos . Dentro del total de los ingresos se deben incluir todos aquellos ordinarios y extraordinarios realizados en el período gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto en el patrimonio de la entidad. Para las entidades a que se refiere el literal c) del artículo 1 del presente decreto, los ingresos que se tomarán para calcular el beneficio neto o excedente, serán los provenientes de las actividades industriales y de mercadeo. Para tal efecto, se deberán llevar cuentas separadas de dichas actividades en la contabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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