División Seguridad y Protección a Dignatarios. Son funciones de la División Seguridad y Protección a Dignatarios, las siguientes. l. Responder por el cumplimiento de los planes y acciones tendientes a proteger la integridad de los funcionarios de la rama judicial y del Ministerio Público. 2. Estudiar y resolver los requerimientos de seguridad personal y vigilancia de las instalaciones judiciales, del Ministerio Público y residencial que propongan los funcionarios de dichas entidades. 3. Elaborar y aplicar los planes de protección y seguridad a los funcionarios de la rama judicial y Ministerio Público que requieran la prestación del servicio. 4. Coordinar con el fondo de seguridad de la rama judicial y Ministerio Público la asignación de recursos para la prestación del servicio. 5. Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.
Decreto 2252 de 1995 →Vigente
Artículo 67
Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.