° Prohíbese la formación de aglomeraciones en torno de las mesas de votación y en los lugares, próximos a ellas, así como también los medios de propaganda oral o gráfica para estimularlas, tales como la presentación de carteles portátiles, afiches, voceo de papeletas, gritos, pregones o desfiles. La Policía disolverá las aglomeraciones y decomisará los elementos de propaganda a que se refiere esta prohibición.
Decreto 3700 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Prohíbese La Formación De Aglomeraciones En Torno De Las Mesas De Votación Y En Los Lugares, Próximos A Ellas, Así Como También Los Medios De Propaganda Oral O Gráfica Para Estimularlas, Tales Como La Presentación De Carteles Portátiles, Afiches, Voceo De Papeletas, Gritos, Pregones O Desfiles
Decreto 3700 de 1949 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en relación con las próximas elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.