Micelio

Artículo 2

Por Haberse Retirado El Sancionado De Manera Definitiva De La Administración Pública Nacional; La Sanción Impuesta Se Hará Efectiva Mediante Anotación De Las Providencias Dictadas Por La Procuraduría General De La Nación Y De Este Decreto, En La Hoja De Vida Del Doctor Ernesto Muñoz Orozco, Con El Fin De Que Obre Como Antecedente Disciplinario

Decreto 354 de 1988 · Por el cual se aplica un sanción al doctor Ernesto Muñoz Orozco, Ex gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, por la solicitud de la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º por haberse retirado el sancionado de manera definitiva de la administración pública nacional; la sanción impuesta se hará efectiva mediante anotación de las providencias dictadas por la Procuraduría General de la Nación y de este Decreto, en la hoja de vida del doctor Ernesto Muñoz Orozco, con el fin de que obre como antecedente disciplinario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 354 de 1988