Creación del Programa de Reparación Colectiva . Créase el Programa de Reparación Colectiva el cual será implementado y coordinado por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas a través de las fases y componentes establecidos en el presente capítulo de acuerdo a los siguientes criterios establecidos en las recomendaciones del Programa Institucional de Reparación Colectiva de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación
Integralidad y coordinación del trabajo interinstitucional.
Participación efectiva en el proceso.
Reconocimiento explícito de las afectaciones de la población.
Reconstrucción de la memoria histórica con miras a un proceso de reconciliación.
Implementación de medidas culturalmente apropiadas.
Transformación de las condiciones que pudieron generar las violaciones de derechos. El Programa de Reparación Colectiva estará conformado por medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición en los componentes político, material y simbólico. Estas medidas del Programa se ejecutarán a través de los Planes Integrales de Reparación Colectiva realizados por cada uno de los sujetos de reparación colectiva y de acuerdo con los componentes del Programa de Reparación Colectiva.