Micelio

Artículo 25

Intereses De Mora

Decreto 405 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente el Libro VI del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Intereses de mora . Los intereses moratorios que se causen en relación con el Gravamen a los Movimientos Financieros se liquidarán de conformidad con lo establecido en el artículo 634 del Estatuto Tributario a la tasa señalada en el artículo 635 del mismo ordenamiento en forma proporcional a la semana o fracción de semana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 405 de 2001