Al pago de los sueldos del personal de que trata este Decreto se atenderá con imputación al artículo 524, capítulo 48, del presupuesto del Ministerio de Agricultura.
Decreto 1835 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1835 de 1951 · Sobre creación de unos cargos en el Ministerio de Agricultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.