Coordinación y reglamentación del Observatorio de Derecho de la Población LGBTIQ+. La coordinación del Observatorio de Derechos de la Población LGBTIQ+ será ejercida por el Ministerio de Igualdad y Equidad, cartera ministerial que reglamentará el funcionamiento de este. TÍTULO V REGISTRO E INTEROPERABILIDAD DE LA INFORMACIÓN
Decreto 1311 de 2025 →Vigente
Artículo 21
Coordinación Y Reglamentación Del Observatorio De Derecho De La Población Lgbtiq+
Decreto 1311 de 2025 · por medio del cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+ y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.