º Prorrógase hasta el 1.° de Febrero próximo venidero la fecha en que deba regir el artículo 2.º del Decreto número 1462 de 5 de los corrientes, que declara libres de derechos de importación el arroz que se importe por los puertos del Atlántico.
Decreto 1554 de 1907 →Vigente
Artículo 1
Prorrógase Hasta El 1
Decreto 1554 de 1907 · Por el cual se prorroga la vigencia de un decreto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.